Carga segura
Protege tu mercadería, desde el lugar de origen hasta su destino, en caso de incidentes, ya sea por transporte aéreo, marítimo, fluvial o terrestre. Tu carga estará segura.
Coberturas
Todo riesgo:
- Cubre las pérdidas o daños que sufra la mercadería asegurada, sujeta a las exclusiones que se mencionan en la póliza.
- Libre de avería particular L.A.P.:
- Cubre pérdidas o daños que sufra la mercadería a consecuencia de: terremoto, erupción volcánica, marejada, inundación, avalancha, deslizamiento e tierra, alúd, huracán, rayo, naufragio, encalladura, buque haciendo agua, y en necesidad de buscar puerto de refugio.
- Colisión del medio de transporte con sustancia sólida, volcadura, descarrilamiento, caída de puentes, caída de aeronaves o partes de ellas; explosión, incendio, la pérdida total de bultos completos (mercadería y empaque), que ocurra durante la carga, descarga o trasborodo.

Garantías:
Todo transporte mayor a $30.000 debe ir con servicio de guardianía y custodia armada. En caso de que esta condición se incumpla y ocurra un siniestro, dicha reclamación será rechazada, para el transporte interno, debe realizarlo en horario solar.
Transporte Importaciones Y Exportaciones:
Abierta: Cubre automáticamente todas las importaciones y exportaciones del o para el asegurado de mercaderías propias del asegurado y/o de las cuales sea legalmente responsables. Opera con la emisión de una póliza maestra y documentos conocidos como APLICACIONES.
Específica: Un solo viaje. Póliza utilizada por quienes no realizan o requieren transportación periódica para el desarrollo de su negocio
Transporte Interno:
Flotante: Fórmula de aseguramiento que, mediante el establecimiento de un límite máximo de cobertura y su regularización periódica por el asegurado, permite una mayor agilidad en la cobertura de riesgos en los que el capital asegurado fluctúa permanentemente (por ejemplo, existencias)
Específico: La presente es una póliza fija, donde su cobertura fenecerá una vez que la mercadería llegue al lugar de destino, estipulado en la póliza.
Transporte Interno De Dinero:
Este seguro cubre transporte de dinero en efectivo, metálico o billetes de banco, valores y otros documentos negociables, como son: letras de cambio, pagarés, cheques, acciones, bonos financieros, hipotecarios o de ahorro y cédulas hipotecarias, todo propiedad del asegurado o bajo su custodia hasta la suma asegurada que para cada inciso mencionado en los riesgos cubiertos, se establece en la carátula de esta póliza, sin exceder del interés asegurable que el asegurado tenga sobre dichos bienes por cualquier causa, mientras se halle en tránsito bajo la custodia de un mensajero y/o empleados legalmente contratado por el asegurado, desde hasta cualesquiera locales o lugares de trabajo del asegurado, hasta su llegada a otro local del mismo y/o cualquier local bancario y/u otro lugar de desembolso, y con respecto a dinero destinado al pago de sueldos y/o jornales, hasta el momento en que sea pagado a los empleados.
- Transferencia de cartera de siniestros o gastos producidos solo por insolvencia, falta de financiamiento, no cumplimiento de obligaciones
- financieras imposibilidades de transferencia financiera
- Riesgo de garantía
- Riesgo de responsabilidad no pertenecientes al ramo de transporte.
- Riesgo de contaminación radioactiva según la ¨Institute Radioactive
- Contamination Exclusion Clause Los riesgos de guerra para viajes o vuelos hacia, dentro y desde regiones declaradas ¨held covered¨ de acuerdo con la respectiva institución del mercado londinense excepto riesgos de guerra que hayan comenzado antes de que tal región haya sido declarada ¨held coveredâ.
- Riesgo de almacenaje / depósito (incluyendo el almacenaje en las pólizas que cubren el almacenamiento y suministro de las mercancías (stock-throughput policies a menos que el almacenaje esté en relación con el transporte de mercancía en tránsito)
- La cobertura de los riesgos de almacenaje de las mercancías en tránsito ha de tener una duración limitada según lo establecido en las cláusulas del instituto de aseguradores de londres (london institute clauses) o bien den otras cláusulas estándar de mercado(es decir 30/60 días)
- Mercaderías azarosas, mercaderías peligrosas, vidrios y cristales, semovientes, materiales explosivos, dinero en efectivo y/o cheques y/o valores, bebidas alcohólicas, línea café, línea blanca, equipos electrónicos, productos perecibles, ropa prendas y tejidos, joyería y obras de arte, metales preciosos y semi preciosos, corrosión, bienes de terceros (ejemplo empresas de transporte público, couriers, correos, empresas de mensajería, harina de pescado, henequén, algodón, azúcar, café, explosivos, armas de fuego, materiales de desecho, combustibles, repuestos de vehículos, teléfonos celulares, y sus tarjetas de telefonía).
- Terrorismo según terrorismo exclusion clause
- Cascos de aviación o automóviles
- Contenedores suscritos como tal
- Animales vivos
- Remolcadores
- Guerra en trayecto terrestre.
- Estadías en depósito
- Joyería y obras de arte
- Corrosión
- Vicio propio
- Bichos
- Interrupción de negocio y pérdida consecuenciales- Lucro Cesante
- Riesgos de ingeniería
- Demoras en cualquier clase
- Rechazo
- Contaminación radioactiva distinta de la Institute Radioactive Contamination Exclusion Clause
- Coberturas atípicas e indefinidas no reflejadas en cláusulas aprobadas y de uso general
- Infidelidad de empleador
- Lugares intermedios
- Hurto